El juez Ercolini rechazó hacer una inspección en la Quinta de Olivos por la denuncia de violencia de género contra Alberto Fernández
Lo había pedido el fiscal Ramiro González. Según la denuncia de Fabiola Yanez, allí ocurrieron la mayoría de los ataques.El juez ordenó realizar la reconstrucción a través de otros medios y pruebas.
El juez federal Julián Ercolini rechazó realizar una inspección en la quinta de Olivos donde, según la testimonial de Fabiola Yañez, ocurrieron varios de los nueve hechos atribuidos a Alberto Fernández en el marco de la causa por violencia de género. En su resolución el magistrado sostuvo que lo que requieran acreditar respecto a los sucesos denunciados, “se puede realizar por otros medios”. Este jueves inicia la ronda de testimoniales que tomará el fiscal del caso.
En los 14.500 metros cuadrados que componen la quinta presidencial de Olivos, se cometieron varios de los nueve hechos que el fiscal federal Ramiro González atribuyó a Alberto Fernández al imputarlo por lesiones leves y graves, agravadas doblemente por el vínculo, en abuso de poder y de autoridad, más la acusación por amenazas coactivas.
Al momento de determinar la cronología de los hechos que dan origen a la causa por violencia de género, el Ministerio Público Fiscal ubicó la mayor cantidad de los sucesos dentro de la residencia de Olivos.
Con el objeto de conocer “uno de los lugares donde se habrían desarrollado los hechos que motivaron el inicio de la presente pesquisa, lo cual resultaría beneficioso para contextualizar los acontecimientos y describir adecuadamente las locaciones de tales sucesos”, la fiscalía había solicitado que el juez Ercolini arbitre los medios pertinentes para la realización de una inspección judicial de la quinta de Olivos, sus adyacencias y anexos.
En la resolución firmada por el magistrado, se rechazó este planteo. “Dadas las características de intimidad de los hechos que se investigan no era conducente para el objeto procesal” realizar una inspección en la residencia que en el presente ocupa Javier Milei.
Según indicaron fuentes judiciales a Clarín, se busca corroborar hechos ocurridos en el paso que transcurrieron, gran parte, por ejemplo en la habitación principal que compartían el ex presidente como la ex primera dama, al igual que en la casa de huéspedes del predio que es considerado territorio federal.
En la resolución el juez escribió: “Dadas las características de especificidad e intimidad de los hechos denunciados; y en razón de las medidas de instrucción independientes ya ordenadas en la víspera, aquella no aparece como conducente a la acreditación de la hipótesis de imputación; por tales razones, no corresponde hacer lugar a la inspección judicial de la quinta de Olivos requerida”.
La reconstrucción de los sucesos “puede conseguirse a través de otros medios y pruebas”, indicaron fuentes del caso. El fiscal Ramiro González, en tanto, avanzará en esa línea con las declaraciones testimoniales, una de ellas -de hecho-, incluye a Daniel Rodríguez, el ex intendente de la residencia de Olivos.
A la hora de requerir la inspección, el fiscal González había señalado que en el marco de la investigación, las medidas de pruebas se fundan en una hipótesis inicial que “responden a hechos enmarcados en la violencia de género que se sucedieron bajo una estructura de asimetría” en la que Alberto Fernández realizó “distintos comportamientos penalmente relevantes”. En total: nueve hechos que transcurrieron desde 2016 a 2023.
Los 9 hechos contra Fernández
Además del primer hecho que transcurrió en la Capital Federal en 2016, la fiscalía relató otros sucesos que sustentan la imputación penal contra el ex presidente.
El primero del 12 de agosto de 2021, cuando “Alberto Fernández sujetó del brazo a Fabiola Yañez, provocándole las lesiones cuya imagen se observa en la fotografía que la nombrada le envió el día 12/08/2021 a María Cantero”.
En julio del mismo año, el ex mandatario “mientras se encontraba junto a Fabiola Yáñez en la cama de la suite presidencial del chalet de la Quinta de Olivos, luego de una discusión originada posiblemente por la denominada ‘fiesta de Olivos’, le propinó un golpe de puño en el ojo, ante lo cual Yáñez le cuestionó ‘¿qué me hiciste?’. Fernández no le contestó nada, se dio vuelta y con eso terminó la discusión”.
En cuanto a los denominados “Hechos IV y V” se especificó que luego de una discusión originada por los mensajes que Alberto Fernández le remitió a Sofía Pacchi (amiga de Yañez), “el nombrado zamarreó a Yañez de sus brazos, provocándole una lesión en una de sus extremidades y la sujetó con sus manos del cuello». Ese mismo mes, le “propinó una patada en el vientre a Fabiola Yánez, conociendo que la nombrada podría estar embarazada en ese momento”.
En el detalle de las acusaciones que se le formulan a Fernández, se planteó que durante el primer semestre de 2023, en horarios de la noche, “con habitualidad golpeaba con la mano abierta a Fabiola Yañez», dejándole la mejilla «hirviendo», lo que provocaba que ella se fuera angustiada a la casa de huéspedes de Olivos.
Sobre ese punto se relató la siguiente situación: “En julio de 2023 le dijo a Fernández que ella no aguantaba más, que se iba a ir, a lo que el nombrado le propinó otro cachetazo. A partir de allí, decidió instalarse en la casa de huéspedes junto a su hijo y su madre. Pese a ello, Fernández se presentaba y entraba de manera violenta a la casa de huéspedes, dando portazos”.
Las últimas dos acciones que fundamentan la imputación contra Alberto Fernández, ocurrieron este año. El día 28 de junio -cuando el juez Julián Ercolini le fijó la primera audiencia-, en su teléfono celular recibió “la señora Yañez varios llamados y mensajes efectuados durante la madrugada por Alberto Fernández, mediante los cuales insistentemente le referían que lo atendiera y ‘terminemos con esto lo antes posible’«, así como también que atendiera al Doctor Juan Pablo Fioribello.
Lo que reveló el dictamen del fiscal es que fue Fioribello “quien le manifestó que no era bueno que haga la denuncia ni para ella ni para Fernández, dado que si lo hacía iban a decir cosas sobre ella. La pretensión de esos llamados tenían por objeto aprovechar la situación de vulnerabilidad emocional que estaba atravesando la Sra. Yañez para que no inste la acción penal en la presente causa”.
El denominado «Hecho VI» responde al inicio de una investigación penal que tramita en paralelo, sobre el rol de Ayelén Mazzina ex ministra de la Mujer. La justicia quiere determinar si tal como ratificó Yañez, tuvo conocimiento de los episodios denunciados ya que la ex funcionaria negó públicamente haber sido informada. Todo será objeto de otra investigación.
Fuente: Clarín / AGP
Editor EM