3 de noviembre de 2026

El Tigre Acosta deberá cumplir 35 años de prisión antes de pedir la libertad condicional

La Casación rechazó el planteo del ex jefe de inteligencia que operó en La Perla y en la ESMA durante la dictadura que había pedido habilitar el beneficio tras 20 años de encierro.

Los jueces concluyeron que las desapariciones forzadas atribuidas al represor son delitos permanentes y que, por esa razón, corresponde aplicar la Ley 25.990, sancionada en 2004, que estableció que los ilícitos deben analizarse por separado para cada delito y cada imputado.

El fallo fue unánime y estuvo firmado por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, quienes rechazaron el recurso de los abogados de Acosta contra la decisión del Tribunal Oral Federal N.º 1 de Córdoba, que había descartado su planteo sin abrir el incidente de libertad condicional. La solicitud se tramitó en el marco de la megacausa por crímenes de lesa humanidad conocida como “La Perla”, en la que intervino ese mismo tribunal.

La defensa había cuestionado que el pedido hubiera sido rechazado sin informes penitenciarios, intervención de las partes ni audiencia previa. Hornos señaló que el planteo fue debatido en una audiencia celebrada el 22 de octubre, donde la defensa tuvo oportunidad de exponer sus argumentos.

Por su parte, el fiscal general ante Casación Javier Augusto De Luca había pedido revocar la decisión y aplicar el régimen vigente al inicio de los hechos, que habilitaba la libertad condicional tras 20 años de encierro.

Acosta permanece detenido desde el 24 de septiembre de 2003, actualmente bajo prisión domiciliaria. De acuerdo al cómputo de la pena, deberá permanecer detenido hasta el 12 de enero de 2038, cuando tendrá 92 años.

Fuente: AGP / c/ Infobae

Editor: EM

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